Es un contrato privado entre las partes, que pactan la reserva de la compraventa de bienes inmuebles antes de la formalización de a escritura pública ante notario. Se ejecuta entregando una cantidad de dinero en concepto de señal. En cualquier caso es tan importante como el contrato de compraventa.
Qué debemos tener presente en el contrato
En el documento debe constar detalladamente todos los acuerdos que hayan pactado ambas partes dando así el sentido del contrato a la cláusula penal.
Básicamente el comprador se reserva el derecho de la compra del inmueble y el vendedor se compromete a vender el inmueble
Las obligaciones, derechos y condiciones son la base del contrato y debe servir para marcar la obligatoriedad de la venta del bien en las condiciones indicadas y el comprador debe pagar el precio final pactado. Dicha cantidad pagada como reserva/señal se descontará del precio final de la compraventa.
Y otro aspecto importante sobre la firma del contrato de arras es analizar e informar sobre la situación de los clientes y las partes antes de formalizar la firma.
¿Cuál es la información que debe recabar dicho contrato?
Básicamente son:
· Datos personales de cada parte
· Descripción del inmueble
· Precio final de la compraventa y su forma de pago
· Cantidad de dinero que entregamos en concepto de reserva/señal
· Tiempo máximo para ejecutar la compraventa
¿Qué pasa en caso de incumplir en tiempo y forma el contrato de arras?
Según el tipo de contrato de arras que hayamos firmado (arras confirmatorias, penales o penitenciales) tendrá unas consecuencias, pero normalmente los tipos de contratos llevados a cabo en compraventas de inmuebles son los contratos de arras penitenciales.
· Si el comprador es quien incumple el contrato y por consecuencia no lleva a cabo la operación de compra, perderá la cantidad aportada en concepto de reserva/señal
· En caso de que el vendedor sea quien incumple el contrato de compraventa estará obligado a devolver el importe de las arras por duplicado.